Gobernador Regional de Ancash solicita licencia de salud por covid-19

Juan Carlos Morillo Ulloa señala que el vicegobernador Henry Borja debe reemplazarlo en su ausencia.

Foto | GRA

El gobernador regional de Áncash, Juan Carlos Morillo Ulloa, presentó esta tarde ante el Consejo Regional una solicitud de licencia por motivo de salud luego de haber sido diagnosticado con Covid-19 e internado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Nacional “Edgardo Rebagliati”, en la ciudad de Lima.

“Preocupado por el desarrollo y bienestar de nuestra región y siendo respetuoso del marco normativo vigente solicito al Consejo Regional del Gobierno Regional de Áncash licencia por motivo de salud desde el día 17 de agosto del 2020 hasta tener alta epidemiológica covid-19”, se señala en el documento que fue firmado por el mandatario regional el 18 de agosto.

La autoridad regional citó el artículo 23 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales para que durante su ausencia el vicegobernador regional Henry Borja Cruzado cumpla con las funciones de coordinación señaladas en la norma.

“Solicito a usted en su condición de consejero delegado del honorable Consejo Regional de Áncash se sirva elevar mi solicitud al pleno del Consejo Regional de Áncash con la finalidad de que se me conceda licencia por motivo de salud al haber contraído el covid-19 en servicio de mis funciones en la lucha contra la pandemia del coronavirus y se proceda conforme lo establecido en el artículo 23 de la ley Nº 27 867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, demandó la autoridad regional.

Además, recuerda que la gerenta regional, cargo en el que actualmente se desempeña Gina Gálvez, cuenta con facultades delegadas mediante la Resolución Ejecutiva Regional 31-2020. Dicha resolución emitida el 31 de enero de este año faculta a la gerenta regional realizar una serie de funciones en materia de contrataciones, recursos humanos y administrativas propias del gobernador, entre ellas cesar y designar a los gerentes regionales.

No obstante, vale precisar que de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el “vice gobernador regional reemplaza al gobernador regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo”.

Las atribuciones del gobernador regional están contenidas en el artículo 21 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, en su inciso c, precisa que una de ellas es “designar y cesar al gerente general regional y a los gerentes regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza”. En tanto, el consejero delegado del Consejo Regional, Carlos Pajuelo, ha convocado a una sesión extraordinaria el próximo martes a las 9:00 a. m. para debatir la solicitud. (RSD)